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OPCIONES-PARA-LA-IMPRESION-DE-REMITOS Las opciones para la impresión de los remitos son: Remito por imprenta Los remitos deben cumplir con la RG 3419 y llevar CAI que es el de la imprenta. De acuerdo a lo establecido en el Anexo V - apartado 5 - punto 7 de la RG1415/03, los Remitos clase RN deben contener C.A.I. Fuente: Anexo V, Apartado 5, Punto 7 RG1415/03 Remito por controlador fiscal Los remitos deberán tener la letra "R". Cuando utilicen remitos para respaldar el traslado y/o entrega de productos dentro de un mismo predio, polo o parque industrial, dichos documentos estarán identificados con la letra "X". Serán considerados válidos los remitos identificados con la letra "X" que se emitan mediante la utilización del equipamiento electrónico denominado "Controlador Fiscal Vieja Tecnología", siempre que los aludidos comprobantes revistan el carácter de "Documento No Fiscal Homologado" en los términos de la RG 3561/13. Remito autoimpresor Hay una serie de requisitos para que AFIP te permita ser autoimpresor. Remito electrónico harinero, azúcar, alcohol o cárnico Itris solo permite el remito electrónico harinero. Funciona similar al CAE de la factura electrónica. https://itrisayuda.freshdesk.com/support/solutions/articles/67000668549