REPORTE-SEMANAL-DE-CONTROLADOR-FISCAL-SEGUNDA-GENERACION REPORTE SEMANAL DE CONTROLADOR FISCAL SEGUNDA GENERACIÓN Normativa de AFIP La normativa de AFIP exige semanalmente los comprobantes realizados por el controlador fiscal en ese período. Cada descarga de estos comprobantes finaliza con la generación de un archivo comprimido .zip que contiene 3 reportes. Reporte Resumen de Totales, por el período semanal correspondiente. La AFIP lo exige presentar. Reporte de Duplicados electrónicos de comprobantes clase “A”, “A" con leyenda” y “M” emitidos, por el período semanal correspondiente. La AFIP lo exige presentar. El 3er archivo que se descarga se debe conservar como backup. El cronograma que dispuso la AFIP para la carga de informacion en su sitio es la siguiente: Primera semana: Período comprendido entre los días 1 y 7, ambos inclusive, de cada mes: presentar hasta el día 12 del mismo mes. Segunda semana: Período comprendido entre los días 8 y 14, ambos inclusive, de cada mes: presentar hasta el día 19 del mismo mes. Tercera semana: Período comprendido entre los días 15 y 21, ambos inclusive, de cada mes: presentar hasta el día 26 del mismo mes. Cuarta semana: Período comprendido entre los días 22 y el último día del mes, ambos inclusive: presentar hasta el día 5 del mes inmediato siguiente. Descarga Hasar Para descargar el archivo .zip del controlador se puede optar por dos maneras: Interfaz HTTP del controlador fiscal. A través de esta interfaz visual se puede descargar desde Memoria de auditoría -> Descargar memoria de auditoría comprimida en ZIP. Proceso del ERP. Para esto, ir a Ventas -> Informes -> Impositivos -> Generación reporte semanal AFIP controlador fiscal o POS -> Ventas -> Generación reporte semanal AFIP controlador fiscal. Consideraciones Hasar Los controladores fiscales Hasar tienen el certificado CRT que vence cada 2 años (estimado entre diciembre y enero). Cuando está vencido, se puede operar normalmente pero la importación del informe semanal, tanto desde itris como por la interfaz HTTP se bloquea. Estos certificados digitales deben ser renovados cada dos años, y la renovación sólo la puede realizar un técnico fiscal autorizado, de debe comunicar con el proveedor del controlador fiscal o Hasar. Carga La información se carga desde www.afip.gov.ar con clave fiscal y luego al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos – Controladores Fiscales”. https://itrisayuda.freshdesk.com/support/solutions/articles/67000111454